- 1º Presentar declaraciones relativas al comienzo, modificación y cese de las actividades que determinen su sujeción al Impuesto.
- 2º Solicitar de la Administración el número de identificación fiscal y comunicarlo y acreditarlo en los supuestos que se establezcan.
- 3º Expedir y entregar factura de todas sus operaciones, ajustada a lo que se determine reglamentariamente.
- 4º Llevar la contabilidad y los registros que se establezcan, sin perjuicio de lo dispuesto en el Código de Comercio y demás normas contables.
- 5º Presentar periódicamente o a requerimiento de la Administración información relativa a sus operaciones económicas con terceras personas.
- 6º Presentar las declaraciones-liquidaciones
correspondientes e ingresar el importe del Impuesto resultante.
Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anterior, los sujetos pasivos deberán presentar una declaración-resumen anual.
En los supuestos del artículo 13, apartado 2º de esta Ley Foral deberá acreditarse el pago del Impuesto para efectuar la matriculación definitiva del medio de transporte.
lunes, 21 de enero de 2013
OBLIGACIONES FORMALES DEL SUJETO PASIVO
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